lunes, 26 de mayo de 2014

DIVISION DEL DERECHO O SUMA DIVISIO



DIVISIÓN DEL DERECHO O “SUMA DIVISIO”

Derecho Público

Derecho Público. Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del Estado y las relaciones que se dan entre éste y los sujetos particulares

Derecho Privado

Derecho Privado. Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre las personas particulares—sean colectivas o individuales—, y de estos con el Estado, cuando éste actúa como persona particular.
Diferencias
El Derecho Publico contiene normas de organización de la sociedad. El Derecho Privado normas de conducta de los individuos.
El Derecho Publico esta dirigido al Estado. El Derecho Privado esta dirigido al individuo.
Si se persigue el interés del Estado estamos en el campo del Derecho Público. Si se persigue el interés del individuo estamos en el campo del Derecho Privado.
El Derecho Público es irrenunciable. En el Derecho Privado los individuos pueden o no ejercitar sus facultades que les otorgan las leyes.
El Derecho Público es imperativo. Mientras que el Derecho Privado campea el principio de la autonomía de la voluntad.
En el Derecho Público se hace todo lo que dice la ley, no lo que no prohíbe. En el Derecho Privado el individuo esta facultado todo aquello que la ley no lo prohíbe expresamente.
Otros autores niegan estas diferencias, ya que dicen por definición el Derecho tiene una función colectiva: todo el Derecho es público.

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